El libro de Números (במדבר, Bemidbar, 'En el desierto') es el cuarto libro del Pentateuco. Es considerado canónico por todas las tradiciones cristianas y judías. El nombre en español 'Números' proviene de la Vulgata (Numeri), en referencia a los dos censos del pueblo de Israel que en él se describen.
Números
Capítulo 35
Habló Yahveh a Moisés en las estepas de Moab, junto al Jordán frente a Jericó, diciendo:
«Manda a los israelitas que den a los levitas, de la herencia de su posesión, ciudades para habitar, y pastos para sus ganados alrededor de las ciudades.
Tendrán las ciudades para habitar, y sus pastos serán para sus ganados, para sus bienes y para todos sus animales.
Los pastos de las ciudades que daréis a los levitas medirán desde el muro de la ciudad hacia afuera, mil codos alrededor.
Mediréis desde fuera de la ciudad, hacia el lado oriental, dos mil codos; hacia el lado meridional, dos mil codos; hacia el lado occidental, dos mil codos; y hacia el lado septentrional, dos mil codos; la ciudad estará en medio. Esto será para ellos los pastos de las ciudades.
Las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades, con sus pastos.
Todas las ciudades que daréis de la posesión de los israelitas serán cuarenta y ocho ciudades.
En cuanto a las ciudades que daréis de la posesión de los israelitas, de la tribu grande tomaréis muchas, y de la pequeña tomaréis pocas; cada una, según la herencia que haya recibido, dará de sus ciudades a los levitas.»
Habló Yahveh a Moisés, diciendo:
«Habla a los israelitas y diles: "Cuando paséis el Jordán hacia la tierra de Canaán,
señalaréis ciudades que serán para vosotros ciudades de refugio, donde huya el homicida que haya matado a alguien por inadvertencia.
Y os servirán de refugio contra el vengador de la sangre, para que no muera el homicida hasta que comparezca delante de la comunidad para ser juzgado.
Las ciudades que daréis serán seis ciudades de refugio.
Daréis tres ciudades al otro lado del Jordán, y daréis tres ciudades en la tierra de Canaán; serán ciudades de refugio.
Estas seis ciudades servirán de refugio tanto a los israelitas como al extranjero y al que reside entre ellos, para que huya allí cualquiera que haya matado a alguien por inadvertencia.
Pero si lo hirió con un instrumento de hierro y murió, es homicida; el homicida morirá.
Si lo hirió con una piedra en la mano, que pueda causar la muerte, y murió, es homicida; el homicida morirá.
O si lo hirió con un instrumento de madera en la mano, que pueda causar la muerte, y murió, es homicida; el homicida morirá.
El vengador de la sangre matará al homicida; cuando se encuentre con él, lo matará.
Si lo empujó por odio, o arrojó sobre él algo con premeditación, y murió,
o si lo hirió con su mano por enemistad, y murió, el que hirió morirá; es homicida; el vengador de la sangre matará al homicida cuando se encuentre con él.
Pero si lo empujó por casualidad, sin enemistad, o arrojó sobre él cualquier cosa sin premeditación,
o si sin verlo hizo caer sobre él cualquier piedra que pueda causar la muerte, y murió, sin ser enemigo suyo ni buscando hacerle mal,
entonces la comunidad juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre, conforme a estas leyes.
La comunidad librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y lo hará volver a la ciudad de refugio adonde había huido; allí morará hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite santo.
Pero si el homicida sale fuera del límite de la ciudad de refugio adonde había huido,
y el vengador de la sangre lo encuentra fuera del límite de su ciudad de refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no se le reclamará su muerte;
porque debía haber permanecido en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote; después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra de su posesión.
Esto será para vosotros ley perpetua por todas vuestras generaciones, dondequiera que habitéis.
Cualquiera que mate a una persona, por el testimonio de testigos se dará muerte al homicida; pero un solo testigo no basta para condenar a muerte a una persona.
No aceptaréis rescate por la vida del homicida, que es reo de muerte; porque ciertamente morirá.
Tampoco aceptaréis rescate para que huya a su ciudad de refugio, permitiéndole volver a vivir en su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.
No profanaréis la tierra donde estéis, porque la sangre profana la tierra; y la tierra no puede ser expiada de la sangre derramada en ella sino por la sangre del que la derramó.
No harás impura la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo soy Yahveh, que habito en medio de los israelitas."